La certificación de juguetes en Europa se regula principalmente por el Reglamento (UE) 2025/2509 (que sustituye a la Directiva 2009/48/CE) y en España por el Real Decreto 1205/2011, que incorpora esa normativa al ordenamiento nacional. Los artículos clave establecen requisitos de seguridad, obligaciones de fabricantes, procedimientos de evaluación de conformidad y el marcado CE.

Legislación europea aplicable

Reglamento (UE) 2025/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo (12 diciembre 2025)

Deroga la Directiva 2009/48/CE y actualiza la normativa de seguridad de los juguetes.

  • Artículo 3: Define qué se considera juguete.
  • Artículo 4: Principios generales de seguridad (protección de la salud y seguridad de los niños).
  • Artículo 5 a 9: Obligaciones de los agentes económicos (fabricantes, importadores, distribuidores).
  • Artículo 10: Procedimientos de evaluación de la conformidad.
  • Artículo 11: Declaración UE de conformidad.
  • Artículo 12: Marcado CE obligatorio en todos los juguetes.
  • Anexo II: Requisitos específicos de seguridad (físicos, químicos, eléctricos, inflamabilidad, higiene, radiactividad).

Antes de este Reglamento, la Directiva 2009/48/CE regulaba la seguridad de los juguetes, con artículos similares sobre obligaciones de fabricantes, evaluación de conformidad y marcado CE.

Legislación española aplicable

Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes

Transpone la Directiva 2009/48/CE al ordenamiento español.

  • Artículo 5: Obligaciones de los fabricantes.
    • Diseñar y fabricar conforme a requisitos de seguridad (art. 11 y anexo II).
    • Elaborar expediente técnico (art. 20).
    • Aplicar procedimiento de evaluación de conformidad (art. 18).
    • Emitir declaración CE de conformidad (art. 14).
    • Colocar el marcado CE (art. 16).
  • Artículo 6 y 7: Obligaciones de importadores y distribuidores.
  • Artículo 11: Requisitos esenciales de seguridad.
  • Artículo 14: Declaración CE de conformidad.
  • Artículo 16: Marcado CE.
  • Artículo 18: Procedimientos de evaluación de conformidad.
  • Artículo 20: Expediente técnico del juguete.

Otras normas complementarias en España

  • RD 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos (aplicable a todos los bienes de consumo).
  • Órdenes ministeriales posteriores (como la Orden PCM/2021) que actualizan anexos del RD 1205/2011, por ejemplo prohibiendo fragancias alergénicas.

Tabla normativa

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ÁmbitoNormaArtículos claveContenido
UEReglamento (UE) 2025/2509Arts. 3–12Definición de juguete, seguridad, obligaciones, conformidad, marcado CE
UEDirectiva 2009/48/CE (derogada)Arts. 4–11Requisitos de seguridad, obligaciones de fabricantes, evaluación de conformidad
EspañaRD 1205/2011Arts. 5, 11, 14, 16, 18, 20Obligaciones de fabricantes, requisitos de seguridad, declaración CE, marcado CE
EspañaRD 1801/2003GeneralSeguridad general de productos de consumo

La certificación europea de juguetes exige cumplir los requisitos de seguridad del Reglamento (UE) 2025/2509, con marcado CE y declaración de conformidad. En España, el Real Decreto 1205/2011 desarrolla estos mismos principios, detallando las obligaciones de fabricantes, importadores y distribuidores. Ambos marcos garantizan que los juguetes comercializados sean seguros para los niños y cumplan con estándares europeos.

Reglamento (UE) 2025/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2025, relativo a la seguridad de los juguetes y por el que se deroga la Directiva 2009/48/CE, (Texto pertinente a efectos del EEE)

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025R2509

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