La certificación de juguetes en Europa se regula principalmente por el Reglamento (UE) 2025/2509 (que sustituye a la Directiva 2009/48/CE) y en España por el Real Decreto 1205/2011, que incorpora esa normativa al ordenamiento nacional. Los artículos clave establecen requisitos de seguridad, obligaciones de fabricantes, procedimientos de evaluación de conformidad y el marcado CE.
Legislación europea aplicable
Reglamento (UE) 2025/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo (12 diciembre 2025)
Deroga la Directiva 2009/48/CE y actualiza la normativa de seguridad de los juguetes.
- Artículo 3: Define qué se considera juguete.
- Artículo 4: Principios generales de seguridad (protección de la salud y seguridad de los niños).
- Artículo 5 a 9: Obligaciones de los agentes económicos (fabricantes, importadores, distribuidores).
- Artículo 10: Procedimientos de evaluación de la conformidad.
- Artículo 11: Declaración UE de conformidad.
- Artículo 12: Marcado CE obligatorio en todos los juguetes.
- Anexo II: Requisitos específicos de seguridad (físicos, químicos, eléctricos, inflamabilidad, higiene, radiactividad).
Antes de este Reglamento, la Directiva 2009/48/CE regulaba la seguridad de los juguetes, con artículos similares sobre obligaciones de fabricantes, evaluación de conformidad y marcado CE.
Legislación española aplicable
Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes
Transpone la Directiva 2009/48/CE al ordenamiento español.
- Artículo 5: Obligaciones de los fabricantes.
- Diseñar y fabricar conforme a requisitos de seguridad (art. 11 y anexo II).
- Elaborar expediente técnico (art. 20).
- Aplicar procedimiento de evaluación de conformidad (art. 18).
- Emitir declaración CE de conformidad (art. 14).
- Colocar el marcado CE (art. 16).
- Artículo 6 y 7: Obligaciones de importadores y distribuidores.
- Artículo 11: Requisitos esenciales de seguridad.
- Artículo 14: Declaración CE de conformidad.
- Artículo 16: Marcado CE.
- Artículo 18: Procedimientos de evaluación de conformidad.
- Artículo 20: Expediente técnico del juguete.
Otras normas complementarias en España
- RD 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos (aplicable a todos los bienes de consumo).
- Órdenes ministeriales posteriores (como la Orden PCM/2021) que actualizan anexos del RD 1205/2011, por ejemplo prohibiendo fragancias alergénicas.
Tabla normativa
*Gira el móvil a horizontal para ver la tabla en el móvil.
| Ámbito | Norma | Artículos clave | Contenido |
|---|---|---|---|
| UE | Reglamento (UE) 2025/2509 | Arts. 3–12 | Definición de juguete, seguridad, obligaciones, conformidad, marcado CE |
| UE | Directiva 2009/48/CE (derogada) | Arts. 4–11 | Requisitos de seguridad, obligaciones de fabricantes, evaluación de conformidad |
| España | RD 1205/2011 | Arts. 5, 11, 14, 16, 18, 20 | Obligaciones de fabricantes, requisitos de seguridad, declaración CE, marcado CE |
| España | RD 1801/2003 | General | Seguridad general de productos de consumo |
La certificación europea de juguetes exige cumplir los requisitos de seguridad del Reglamento (UE) 2025/2509, con marcado CE y declaración de conformidad. En España, el Real Decreto 1205/2011 desarrolla estos mismos principios, detallando las obligaciones de fabricantes, importadores y distribuidores. Ambos marcos garantizan que los juguetes comercializados sean seguros para los niños y cumplan con estándares europeos.
Reglamento (UE) 2025/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2025, relativo a la seguridad de los juguetes y por el que se deroga la Directiva 2009/48/CE, (Texto pertinente a efectos del EEE)
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025R2509