En caso de agresión bélica contra España o la Unión Europea, se aplican tanto normas nacionales como internacionales: la Constitución Española, la Ley de Defensa Nacional, el Código Penal y el Código Penal Militar, junto con los Tratados de la Unión Europea y el Derecho Internacional (Carta de la ONU, Convenios de Ginebra, Estatuto de Roma).
🇪🇸 En el caso de España
- Constitución Española (art. 8 y 97)
- Las Fuerzas Armadas tienen la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el orden constitucional.
- El Gobierno dirige la política de defensa y seguridad.
- Ley Orgánica de la Defensa Nacional (LODN, 2005)
- Regula la respuesta del Estado ante amenazas externas.
- Establece la obligación de someter las actuaciones militares a la Constitución y a la Carta de las Naciones Unidas.
- Código Penal y Código Penal Militar (LO 14/2015)
- Tipifican delitos cometidos en conflictos armados, como crímenes de guerra, ataques indiscriminados contra civiles o uso indebido de prisioneros.
- El artículo 611 del Código Penal castiga con 10 a 15 años de prisión ataques contra población civil o bienes protegidos en conflictos armados.
- Derecho Internacional Humanitario
- España es parte de los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales de 1977, que protegen a civiles, prisioneros de guerra y personal sanitario.
- El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional tipifica el crimen de agresión y los crímenes de guerra.
🇪🇺 En el caso de la Unión Europea
- Tratado de la Unión Europea (TUE, art. 42.7)
- Si un Estado miembro es objeto de agresión armada, los demás tienen la obligación de prestarle ayuda y asistencia con todos los medios disponibles, en coherencia con la ONU.
- Este artículo es conocido como la “cláusula de defensa mutua”.
- Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)
- Complementa la política común de seguridad y defensa, coordinando la respuesta militar y diplomática.
- Derecho Internacional y Carta de las Naciones Unidas (art. 51)
- Reconoce el derecho de legítima defensa individual y colectiva en caso de ataque armado.
- La UE y España deben actuar conforme al Consejo de Seguridad de la ONU.
- Eurojust y legislación nacional de los Estados miembros
- El crimen de agresión está reconocido en las legislaciones nacionales y puede ser perseguido por la Corte Penal Internacional.
Conclusión
En caso de agresión bélica:
- España aplicaría su Constitución, la Ley de Defensa Nacional, el Código Penal y el Código Penal Militar, además del Derecho Internacional Humanitario.
- La Unión Europea activaría la cláusula de defensa mutua del art. 42.7 TUE, coordinando la respuesta militar y diplomática con los Estados miembros y la ONU.
- En ambos niveles, los crímenes de guerra y el crimen de agresión serían perseguidos por tribunales nacionales y la Corte Penal Internacional.